Temario oficial mediante curso
e-learning en Campus Virtual
Foro general de dudas
Pruebas de evaluación de conocimientos de cada temario
Prueba final de cada Dominio
Actividades prácticas y en grupo
Prueba global
Materia de examen:
El examen se corresponderá a las materias incluidas en los Capítulos III, IV y V que siguen rigurosamente el programa del temario del Esquema de Certificación. Cada tema es tratado de forma detallada y, aunque se ha realizado una considerable labor de recopilación de textos de interés, es muy conveniente que realice una lectura de los textos legales y otras publicaciones reseñadas.
DOMINIO I (90 horas de duración)
Durante la adquisición de los conocimientos teóricos del Dominio I del Curso de DPD
Profesional se realizarán ejercicios prácticos personales y una vez superado el examen y de forma previa a la prueba final de conocimiento se realizarán ejercicios colaborativos cuyo resultado será valorado y los alumnos expondrán en grupo para su debate. Siendo estos obligatorios para poder optar a la titulación de superación.
NORMATIVA GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS
lll.1 Contexto normativo
III.1.1 Privacidad y protección de datos en el panorama internacional
III.1.2 La protección de datos en Europa
III.1.3 La protección de datos en España
III.1.4 Estándares y buenas prácticas
lll.2 RGPD (UE) y LOPDGDD. Fundamentos
III.2.1 Ámbito de aplicación.
III.2.2 Definiciones.
III.2.3 Sujetos obligados
lll.3 RGPD (UE) y LOPDGDD. Principios
III.3.1 El binomio derecho/deber en la protección de datos.
III.3.2 Licitud del tratamiento
III.3.3 Lealtad y transparencia
III.3.4 Limitación de la finalidad
III.3.5 Minimización de datos
III.3.6 Exactitud
lll.4 El Reglamento Europeo de Protección de datos y LOPDGDD. Legitimación
III.4.1 El consentimiento: otorgamiento y revocación.
III.4.2. El consentimiento informado: finalidad, transparencia, conservación, información y deber de comunicación al interesado.
III.4.3 Consentimiento de los niños.
III.4.4 Categorías especiales de datos.
III.4.5 Datos relativos a infracciones y condenas penales.
III.4.6 Tratamiento que no requiere identificación.
III.4.7 Bases jurídicas distintas del consentimiento
lll.5 Derechos de los individuos
III.5.1 Transparencia e información
III.5.2 Acceso, rectificación, supresión (olvido).
III.5.3 Oposición
III.5.4 Decisiones individuales automatizadas.
III.5.5 Portabilidad.
III.5.6 Limitación del tratamiento.
III.5.7 Excepciones a los derechos.
III.6 RGPD (UE) y LOPDGDD. Medidas de cumplimiento
III.6.1 Las políticas de protección de datos.
III.6.2 Posición jurídica de los intervinientes. Responsables, co- responsables, encargados, subencargado del tratamiento y sus representantes. Relaciones entre ellos y formalización.
III.6.3. El registro de actividades de tratamiento: identificación y clasificación del tratamiento de datos.
III.7 RGPD (UE) y LOPDGDD. Responsabilidad proactiva
III.7.1 Privacidad desde el diseño y por defecto. Principios fundamentales.
III.7.2 Evaluación de impacto relativa a la protección de datos y consulta previa. Los tratamientos de alto riesgo.
III.7.3 Seguridad de los datos personales. Seguridad técnica y organizativa.
III.7.4 Las violaciones de la seguridad. Notificación de violaciones de seguridad.
III.7.5 El Delegado de Protección de Datos (DPD). Marco normativo.
III.7.6 Códigos de conducta y certificaciones.
III.8 RGPD (UE) y LOPDGDD. DPD
III.8.1 Designación. Proceso de toma de decisión. Formalidades en el nombramiento, renovación y cese. Análisis de conflicto de intereses.
III.8.2 Obligaciones y responsabilidades. Independencia. Identificación y reporte a dirección.
III.8.3 Procedimientos. Colaboración, autorizaciones previas, relación con los interesados y gestión de reclamaciones.
III.8.4 Comunicación con la autoridad de protección de datos.
III.8.5 Competencia profesional. Negociación. Comunicación. Presupuestos.
III.8.6 Formación.
III.8.7 Habilidades personales, trabajo en equipo, liderazgo, gestión de equipos.
III.9 RGPD (UE) y LOPDGDD. Transferencias internacionales de datos
III.9.1 El sistema de decisiones de adecuación.
III.9.2 Transferencias mediante garantías adecuadas.
III.9.3 Normas Corporativas Vinculantes
III.9.4 Excepciones.
III.9.5 Autorización de la autoridad de control.
III.9.6 Suspensión temporal
III.9.7 Cláusulas contractuales
III.10 RGPD (UE) y LOPDGDD. Las Autoridades de Control
III.10.1 Autoridades de Control.
III.10.2 Potestades.
III.10.3 Régimen sancionador.
III.10.4 Comité Europeo de Protección de Datos.
III.10.5 Procedimientos seguidos por la AEPD.
III.10.6 La tutela jurisdiccional.
III.10.7 El derecho de indemnización.
III.11 Directrices de interpretación del RGPD
III.11.1 Guías del GT art. 29.
III.11.2 Opiniones del Comité Europeo de Protección de Datos
III.11.3 Criterios de órganos jurisdiccionales.
III.12 Normativas sectoriales afectadas por la protección de datos
III.12.1 Sanitaria, Farmacéutica, Investigación.
III.12.2 Protección de los menores
III.12.3 Solvencia Patrimonial
III.12.4 Telecomunicaciones
III.12.5 Video-vigilancia
III.12.6 Seguros
III.12.7 Publicidad, etc.
III.13 Normativa española con implicaciones en protección de datos
III.13.1 LSSI, Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico
III.13.2 LGT, Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
III.13.3 Ley firma-e, Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
III.14 Normativa europea con implicaciones en protección de datos
III.14.1 Directiva e-Privacy: Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre privacidad y las comunicaciones electrónicas) o Reglamento e-Privacy cuando se apruebe.
III.14.2 Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, por la que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) nº 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores.
III.14.3 Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo.
DOMINIO II (54 horas de duración)
Durante la adquisición de los conocimientos teóricos del Dominio II del Curso de DPD
Profesional se realizarán ejercicios prácticos personales y una vez superado el examen y de forma previa a la prueba final de conocimiento se realizarán ejercicios colaborativos cuyo resultado será valorado y los alumnos expondrán en grupo para su debate. Siendo estos obligatorios para poder optar a la titulación de superación.
IV. RESPONSABILIDAD ACTIVA
IV.1 Contexto normativo IV.1.1 Análisis y gestión de riesgos de los tratamientos de datos personales. IV.1.1.1 Introducción. Marco general de la evaluación y gestión de riesgos. Conceptos generales.
IV.1.1.2 Evaluación de riesgos. Inventario y valoración de activos. Inventario y valoración amenazas. Salvaguardas existentes y valoración de su protección. Riesgo resultante.
IV.1.1.3 Gestión de riesgos. Conceptos. Implementación. Selección y asignación de salvaguardas a amenazas. Valoración de la protección. Riesgo residual, riesgo aceptable y riesgo inasumible.
IV.2 Metodologías de análisis y gestión de riesgos
IV.3 Programa de cumplimiento de Protección de Datos y Seguridad en una organización
IV.3.1 El Diseño y la implantación del programa de protección de datos en el contexto de la organización.
IV.3.2 Objetivos del programa de cumplimiento.
IV.3.3 Accountability: La trazabilidad del modelo de cumplimiento.
IV.4 Seguridad de la información. IV.4.1 Marco normativo. Esquema Nacional de Seguridad y directiva NIS: Directiva (UE) 2016/1148 relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión. Ámbito de aplicación, objetivos, elementos principales, principios básicos y requisitos mínimos.
IV.4.2. Ciberseguridad y gobierno de la seguridad de la información. Generalidades, Misión, gobierno efectivo de la Seguridad de la Información (SI). Conceptos de SI. Alcance. Métricas del gobierno de la SI. Estado de la SI. Estrategia de SI.
IV.4.3 Puesta en práctica de la seguridad de la información. Seguridad desde el diseño y por defecto. El ciclo de vida de los Sistemas de Información. Integración de la seguridad y la privacidad en el ciclo de vida. El control de calidad de los SI.
IV.5 Evaluación de Impacto de Protección de Datos “EIPD”.
IV.5.1 Introducción y fundamentos de las EIPD: Origen, concepto y características de las EIPD. Alcance y necesidad. Estándares.
IV.5.2 Realización de una evaluación de impacto. Aspectos preparatorios y organizativos, análisis de la necesidad de llevar a cabo la evaluación y consultas previas.
DOMINIO III (36 horas de duración)
Durante la adquisición de los conocimientos teóricos del Dominio III del Curso de DPD
Profesional se realizarán ejercicios prácticos personales y una vez superado el examen y de forma previa a la prueba final de conocimiento se realizarán ejercicios colaborativos cuyo resultado será valorado y los alumnos expondrán en grupo para su debate. Siendo estos obligatorios para poder optar a la titulación de superación.
V. TÉCNICAS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS
V.1 La auditoría de protección de datos V.1.1 El proceso de auditoría. Cuestiones generales y aproximación a la auditoría. Características básicas de la Auditoría.
V.1.2 Elaboración del informe de auditoría. Aspectos básicos e importancia del informe de auditoría.
V.1.3 Ejecución y seguimiento de acciones correctoras.
V.2 Auditoría de Sistemas de Información
V.2.1 La Función de la Auditoría en los Sistemas de Información. Conceptos básicos. Estándares y Directrices de Auditoría de SI.
V.2.2 Control interno y mejora continua. Buenas prácticas. Integración de la auditoria de protección de datos en la auditoria de SI.
V.2.3 Planificación, ejecución y seguimiento.
V.3 La gestión de la seguridad de los tratamientos
V.3.1 Esquema Nacional de Seguridad, ISO/IEC 27001:2013 (UNE ISO/IEC 27001:2014: Requisitos de Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información, SGSI).
V.3.2 Gestión de la Seguridad de los Activos. Seguridad lógica y en los procedimientos. Seguridad aplicada a las TI y a la documentación.
V.3.3 Recuperación de desastres y Continuidad del Negocio. Protección de los activos técnicos y documentales. Planificación y gestión de la Recuperación del Desastres.
V.4 Otros conocimientos
V.4.1 El Cloud Computing.
V.4.2. Los Smartphones.
V.4.3 Internet de las cosas (IoT).
V.4.4 Big Data y elaboración de perfiles.
V.4.5 Redes sociales.
V.4.6 Tecnologías de seguimiento de usuario.
V.4.7 Blockchain y últimas tecnologías.
Criterios de evaluación:
Criterios de evaluación:
Realización de ejercicios colaborativos, evaluación continua (40% de la nota, con exámenes por unidad y por dominio) y Examen final (60% de la nota). Criterio de superación de todas las modalidades de examen: 60% de aciertos.
Apto en ejercicios colaborativos:
El alumno deberá participar en la prueba de ejercicios colaborativos: Superación de forma positiva obligatoria.
40% evaluación continua:
El curso está estructurado de forma jerárquica, eso implica:
• No es posible acceder a una prueba si no se han completado los recursos teóricos planteados.
• No es posible continuar con el resto del temario si no se acredita la interiorización de los conceptos recién explicados, es decir, si no se supera la prueba.
Encontraremos los siguientes tipos de pruebas:
Pruebas parciales por unidad: 40% del total del Dominio
Cuestionarios en base a cada unidad. El alumno deberá ir superando las pruebas de adquisición de conocimientos que encontrará al acabar cada unidad a fin de poder acceder a la siguiente.
Consiste en un listado de afirmaciones que el alumno deberá determinar si son correctas o incorrectas.
El alumno dispone de 2 intentos y límite de tiempo (en caso de realizar ambos se hará el promedio de las dos calificaciones obtenidas). Es necesario obtener una calificación de al menos 60% para superar las pruebas.
Pruebas por dominio: 60% del total del Dominio
Cuestionarios en base a cada dominio. El alumno superar esta prueba de final de dominio para poder acceder al siguiente Dominio.
El cuestionario contiene un listado de 100 afirmaciones verdadero-falso aleatorias de todos los cuestionarios parciales que el alumno ha realizado al final de cada unidad de ese dominio.
El alumno dispone de 2 intentos y 1:30h (en caso de realizar ambos se hará el promedio de las dos calificaciones obtenidas). Es necesario obtener una calificación de al menos 60% para superar la prueba.
Una vez superado el examen de cada Dominio y de forma previa a la prueba final de conocimiento se realizarán ejercicios colaborativos cuyo resultado será valorado y los alumnos expondrán en grupo para su debate, teniendo que ser estos superados de forma positiva.
60% Examen Final:
Cuestionario que engloba todo el temario impartido en el curso. 150 afirmaciones verdadero-falso aleatorias de todos los cuestionarios realizados durante todo el curso.
El alumno dispone de 2 intentos y 2:30h (en caso de realizar ambos se hará el promedio de las dos calificaciones obtenidas). Es necesario obtener una calificación de al menos 60% para superar la prueba.
Una vez superado el Examen Final podrá acceder de forma voluntaria a la Práctica intensiva:
Fuera del horario y de forma voluntaria podrás acceder a la zona de prácticas previa al examen de la certificadora.
Las pruebas siguen presentando límite de tiempo, pero no tienen restricciones jerárquicas. Puede hacer cada cuestionario tantas veces como quiera y en el orden que desee.
El objetivo es poner a prueba la interiorización de los conocimientos y estar preparado para el examen conforme al Esquema de Certificación de Personas para la categoría de Delegado de Protección de Datos [DPD] de la Agencia Española de Protección de Datos [AEPD].
Tutoría y comunicación:
En el Campus Virtual encontrará varios medios para ponerse en contacto con su tutor:
• Foros de Consulta: encontrará un foro de consulta en el curso dónde podrá plantear cuestiones sobre el temario, tanto a su tutor como al resto de alumnos del curso. Su tutor asignado resolverá sus dudas respondiéndole en el foro tan proto como reciba su pregunta.
• Chat instantáneo: encontrará un chat instantáneo en el curso dónde podrá comunicarse al momento tanto con su tutor como con el resto de los alumnos de manera sincrónica en tiempo real. Al contrario del Foro de Consulta, esta actividad requiere que los participantes accedan al mismo tiempo. Puede ver los alumnos que están en línea para poder interactuar con ellos. También se establecerán horas de tutoría.
El chat puede ser una actividad puntual o puede repetirse a la misma hora cada día o cada semana. Las sesiones de chat se guardan y pueden hacerse públicas para que todos las vean o limitadas a los usuarios con permiso para ver los registros de sesiones del chat.
• Mensajería del campus: es posible enviar mensajes privados tanto al tutor como al resto de alumnos del curso.
• Correo electrónico y Hangouts
CÓDIGO ÉTICO DE LAS PERSONAS CERTIFICADAS COMO DELEGADOS DE PROTECCIÓN DE DATOS CONFORME AL ESQUEMA DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
PREÁMBULO
El presente Código constituye una declaración expresa de los valores, principios y normas que
deben guiar la conducta de las personas certificadas como Delegados de Protección de Datos
(DPD), conforme al Esquema de Certificación de la Agencia Española de Protección de Datos
(AEPD), en el ejercicio de sus funciones o tareas, y en sus relaciones con otros empleados, como
con clientes, proveedores, instituciones públicas y privadas, colaboradores externos y la
sociedad en general.
El Código Ético recoge, por tanto, un conjunto de compromisos de integridad, imparcialidad,
legalidad, confidencialidad y transparencia que habrán de suscribir ineludiblemente, así como
conocer y difundir, quienes pretendan desarrollar su actividad profesional como Delegados de
Protección de Datos certificados con arreglo al Esquema de la AEPD.
De este modo, a través del presente Código, se persigue prevenir la comisión de
comportamientos contrarios a los criterios que contiene, al tiempo que se diseñan mecanismos
de seguimiento y control que garanticen su íntegro cumplimiento por parte de todas aquellas
personas que desempeñen su labor profesional como DPD certificados por el Esquema de la
AEPD.
Los criterios de conducta recogidos en este Código no pretenden contemplar la totalidad de
situaciones o circunstancias con las que los mencionados profesionales se pueden encontrar,
sino establecer unas pautas generales de conducta que les orienten en su forma de actuar
durante el desempeño de su actividad profesional.
ARTÍCULO I. AMBITO DE APLICACIÓN
Los principios, valores y criterios contenidos en el presente Código Ético son de obligado
cumplimiento para los Delegados de Protección de Datos certificados por los organismos de
certificación acreditados por la Empresa Nacional de Acreditación (ENAC) con arreglo al
Esquema de la AEPD.
ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE DELEGADOS DE PROTECCIÓN DE DATOS
(ESQUEMA AEPD-DPD)
ESQUEMA AEPD-DPD
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ARTÍCULO II. PRINCIPIOS GENERALES
Los DPD certificados en su actividad profesional conforme al esquema de la AEPD llevarán a
cabo todas sus actuaciones con sujeción a los siguientes principios:
Legalidad e integridad, cumpliendo estrictamente con la legalidad vigente, en particular
la referida a la prestación del servicio, al objeto de evitar que se lleve a cabo cualquier
actividad ilícita.
Profesionalidad, desarrollando sus funciones con la debida diligencia y rigor profesional,
y manteniendo permanentemente actualizada su capacidad profesional y su formación
personal; debiendo comportarse ante las personas, empresas, entidades y clientes de
modo escrupulosamente leal e independiente de las limitaciones de cualquiera
naturaleza que puedan influir su propia labor y la del personal del que, eventualmente,
sea responsable.
Responsabilidad en el desarrollo de su actividad profesional y personal, asumiendo sólo
aquellas actividades que razonablemente esperen completar con las habilidades,
conocimiento y competencias necesarias.
Imparcialidad, actuando con objetividad sin aceptar la influencia de conflictos de
intereses u otras circunstancias que pudieran cuestionar la integridad profesional y la
de la propia organización a la que pertenece.
Transparencia, informando a todas las partes interesadas de forma clara, precisa y
suficiente de todos los aspectos que confluyen en el ejercicio profesional, siempre y
cuando los mismos no estén sujetos al régimen de confidencialidad, en cuyo caso
tendrán carácter reservado y no podrán ser divulgados.
Confidencialidad, respetando y guardando la necesaria protección y reserva de la
información a la que pudiera tener acceso por razón de actividad profesional,
salvaguardando los derechos de todas las partes interesadas a su intimidad. Dicha
información no debe ser utilizada para beneficio personal ni revelada a partes
inapropiadas.
ARTÍCULO III. RELACIONES CON EL PERSONAL DE LA ORGANIZACIÓN
En sus relaciones con el resto de los empleados, directivos y colaboradores de la organización,
el Delegado de Protección de Datos:
ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE DELEGADOS DE PROTECCIÓN DE DATOS
(ESQUEMA AEPD-DPD)
ESQUEMA AEPD-DPD
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Deberá tratar de forma justa y respetuosa al resto de empleados o directivos de su
organización.
Asumirá la responsabilidad de su actuación y la de sus colaboradores, promoviendo su
desarrollo profesional a través de la motivación, la formación y la comunicación. En todo
caso, la relación con los colaboradores deberá estar presidida por el respeto mutuo y la
calidad en la dirección.
Deberá rechazar cualquier manifestación de acoso físico, psicológico, moral o de abuso
de autoridad, así como cualquier otra conducta contraria a generar un entorno de
trabajo agradable, saludable y seguro.
Vigilará que el personal a su cargo no lleve a cabo actividades ilícitas ni conductas
contrarias al presente Código Ético.
Proporcionará siempre toda la información necesaria para el adecuado seguimiento de
la actividad, sin ocultar errores o incumplimientos, y procurando subsanar las carencias
que se detecten.
ARTÍCULO IV. RELACIONES CON COLABORADORES EXTERNOS Y PROVEEDORES
En sus relaciones con los colaboradores externos y proveedores, el Delegado de Protección de
Datos:
Establecerá unas relaciones basadas en la confianza, respeto, transparencia y el
beneficio mutuo.
Actuará con imparcialidad y objetividad en los procesos de selección de este personal,
aplicando criterios de competencia, calidad y coste, evitando en todo momento la
colisión de intereses. La contratación de servicios o compra de bienes se deberá realizar
con total independencia de decisión y al margen de cualquier vinculación personal,
familiar o económica, que pueda poner en duda los criterios seguidos en la selección.
ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE DELEGADOS DE PROTECCIÓN DE DATOS
(ESQUEMA AEPD-DPD)
ESQUEMA AEPD-DPD
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ARTÍCULO V. RELACIONES CON CLIENTES
En sus relaciones con los clientes, el Delegado de Protección de Datos:
Dará a conocer el contenido del presente código deontológico.
Actuará de una forma íntegra y profesional, teniendo como objetivo la consecución de
un alto nivel de calidad en la prestación de sus servicios, buscando el desarrollo a largo
plazo de unas relaciones basadas en la confianza y en el respeto mutuo.
Salvaguardarán siempre la independencia, evitando que su actuación profesional se vea
influenciada por vinculaciones económicas, familiares y de amistad con los clientes, o
de sus relaciones profesionales fuera del ámbito de actividad como DPD, no debiendo
aceptar honorarios, regalos o favores de cualquier naturaleza de parte de éstos o de sus
representantes.
No efectuará ni aceptará, directa ni indirectamente, ningún pago o servicio de más valor
distinto al libremente pactado con su empleador.
Pondrá en conocimiento del cliente cualquier conflicto de intereses que pueda existir
en su prestación profesional relativa a la certificación, antes de asumir un encargo
profesional.
No realizará ninguna actividad promocional (publicidad, material informativo, u otro)
que pueda inducir a los clientes a una incorrecta interpretación del significado de las
certificaciones bajo el Esquema de la AEPD, o a unas expectativas que no respondan a
la situación real.
Proporcionará a los clientes un formulario para formalizar cualquier queja relacionada
con los servicios prestados, que se remitirá tanto a la persona certificada u organización
afectada por la queja, como a la Entidad de Certificación.
ARTÍCULO VI. COLABORACIÓN CON LAS ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN
Los DPD colaborarán plenamente con cualquier investigación formal sobre infracciones de este
código iniciada por las Entidades de Certificación o para resolver casos específicos de
reclamación y/o quejas.
A tales efectos, deberán mantener un registro de todas las reclamaciones presentadas contra
ellos, por la actividad desarrollada en el ámbito de validez de la certificación y permitir a la
Entidad de Certificación el acceso a estos registros. En el plazo de diez días desde la recepción
de la reclamación, deberán enviar una comunicación escrita y copia de la reclamación a la
Entidad de Certificación.
ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE DELEGADOS DE PROTECCIÓN DE DATOS
(ESQUEMA AEPD-DPD)
ESQUEMA AEPD-DPD
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ARTÍCULO VII. RELACIÓN CON LAS AUTORIDADES Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Las relaciones con las instituciones, organismos y administraciones públicas, estatales,
autonómicas y locales, especialmente con la Autoridad de Control, se desarrollarán bajo
criterios de máxima colaboración y escrupuloso cumplimiento de sus resoluciones. Las
comunicaciones, requerimientos y solicitudes de información deberán ser atendidos con
diligencia, en los plazos establecidos para ello.
ARTÍCULO VIII. DESEMPEÑO DE OTRAS ACTIVIDADES PROFESIONALES
Los DPD no realizarán actividades competitivas directas o indirectas contra la AEPD y/o la
Entidad de Certificación.
A tales efectos, comunicarán a su organización el ejercicio de cualquier otra actividad laboral,
profesional o empresarial, remunerada o no, que tenga lugar dentro o fuera del horario de
trabajo, o su participación significativa como socio en sociedades o negocios privados, a efectos
de evaluar si resultan compatibles con el desarrollo de su actividad o con los fines u objetivos
propios de la organización.
ARTÍCULO IX. ACEPTACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO
Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este Código tienen el deber de conocerlo y
cumplirlo, por lo que deben conocer su contenido y haberlo rubricado. El Esquema de la AEPD
exige a los DPD un alto nivel de compromiso en el cumplimiento de este Código Ético.
Cualquier duda que pueda surgir sobre la interpretación o aplicación del presente documento
deberá consultarse con la Entidad de Certificación, quien tiene la obligación de fomentar el
conocimiento y cumplimiento del Código e interpretarlo en caso de duda.
ARTÍCULO X. INCUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO ÉTICO
El incumplimiento de alguno de los principios, valores y criterios contenidos en este Código
puede acarrear una investigación de la conducta del titular de la certificación y, en última
instancia, medidas disciplinarias por parte del correspondiente organismo de certificación que
pueden suponer la suspensión o retirada de la certificación.
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