El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), pretende consolidar una verdadera cultura de privacidad en nuestro tejido empresarial con la finalidad de proteger eficientemente los datos personales de todos los ciudadanos europeos.
Los empleados de los responsables del fichero y encargados del tratamiento han de estar informados y formados en lo referente a la protección de datos.
BASADO EN EL RGPD, LOPDGDD + NORMAS DE USO DE DATOS DE SALUD de la AEPD.
En un breve plazo, usted adquirirá los conocimientos básicos necesarios para desempeñar sus funciones y en caso de superar con éxito el curso se le facilitará el correspondiente diploma de aprovechamiento.
ÍNDICE
Normativa general de protección de datos
Power point de enseñanza visual
Horario de control
Documentación obligatoria para el trabajador.
TELEOPERADOR SALUD
Definiciones
ficheros
Derechos de los usuarios
La seguridad en los tratamientos.
Datos especialmente protegidos
Indicaciones de la AEPD para controles de datos especiales
Sobre el consentimiento
Derechos de los interesados
La seguridad en los tratamientos
Llamadas con grabación
¿Cómo se guardan y custodian esas grabaciones?
¿Quién tiene derecho a reproducirlas?
¿Qué hacer en caso de que un usuario solicite ejercer sus derechos?
Destinatarios
Empleados usuarios de datos personales en general + empleados que realizan trabajos con datos de salud especialmente protegidos
Fecha a acordar.
El trabajador estará
INFORMADO DE SUS OBLIGACIONES y DERECHOS según marca el RGPD.
La superación del curso permite entre otros trabajos, el registro de entrada y salida de empleados, proveedores y visitantes, la toma de temperatura o solicitud de certificados sanitarios, comprobando así la legislación vigente en protección de datos.
Demuestra la debida diligencia por parte de la empresa.
Precio 195€.
Bonificable por la FUNDAE
Las empresas que formen a sus trabajadores podrán recibir el certificado CONTROL DE ACCESO SCUDO® , que le permitirán entre actividades, contratar con la administración pública
TODOS NUESTROS PROFESORES SON PERITOS JUDICIALES EN PROTECCIÓN DE DATOS
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respeta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (Texto relevante a efectos del EEE)
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Página web de la Agencia Española de Protección de Datos, la autoridad pública independiente encargada de velar por la privacidad y la protección de datos de la ciudadanía. El objetivo de este espacio es, por un lado, fomentar que las personas conozcan sus derechos y las posibilidades que la Agencia les ofrece para ejercerlos y, por otro, que los sujetos obligados tengan a su disposición un instrumento ágil que les facilite el cumplimiento de la normativa.
Los datos relativos a su salud son datos especialmente protegidos y su tratamiento está prohibido salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
Consentimiento explícito del interesado
Resulte necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social
Resulte necesario para proteger intereses vitales del interesado
Esefectuado, en el ámbito de sus actividades legítimas y con las debidas garantías, por una fundación, una asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical
Se refiere a datos personales que el interesado ha hecho manifiestamente públicos
Es necesario para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones o cuando los tribunales actúen en ejercicio de su función judicial;
Es necesario por razones de un interés público esencial
Es necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión de los sistemas y servicios de asistencia sanitaria y social, cuando su tratamiento sea realizado por un profesional sujeto a la obligación de secreto profesional, o bajo su responsabilidad
Es necesario por razones de interés público en el ámbito de la salud pública, como la protección frente a amenazas transfronterizas graves para la salud, o para garantizar elevados niveles de calidad y de seguridad de la asistencia sanitaria y de los medicamentos o productos sanitarios
Es necesario con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos
Escribanos para contactar y solicitar los CV de los formadores presenciales
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